domingo, 2 de marzo de 2014

Definición de censura

Las definiciones son aburridas por definición. Pero, sin embargo, también son necesarias: mis alumnos me la piden cuando hablamos de ella en clase, en las charlas es fundamental establecer a qué nos referimos... Muchos la confunden con el trabajo franquista por tapar centímetros de piel en una película...

Hemos elegido la definición de M. L. Abellán que se recoge en este estupendo artículo de la no menos estupenda revista Represura:

Por censura hay que entender el conjunto de actuaciones del Estado, grupos de hecho o de existencia formal capaces de imponer a un manuscrito o a las galeradas -con anterioridad a su publicación- supresiones o modificaciones de todo género, contra la voluntad o beneplácito del autor".

..."grupos de presión": interesante, inquietante y que provoca que la definición no se quede ahí.



2 comentarios:

  1. Una definición válida para lo que se escribe. Habría que buscar otra más amplia también para lo que se canta o lo que se filma.
    Un saludo.

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    1. Efectivamente, aunque creo que es una definición ciertamente ampliable a lo que comentas o a lo que se dibuja, esculpe, graba...

      Un abrazo, compañero

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